DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDADE DIVORCIO 185-A, incoada por la ciudadana PARRA RODRÍGUEZ ERIKA MAYERLIN, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad Nº 16.974.725, domiciliada en urbanización La Ascensión, vereda 22, casa N° 09, urbanización La Ascensión, municipio San Felipe, estado Yaracuy, debidamente asistida por el abogado TOVAR BRAVO JOSÉ RAFAEL, inscrito en el Inpreabogado con el Nº 145.758, contra el ciudadano AGUILERA VIÑALES SANTO, de nacionalidad extranjera, mayor de edad, hábil en derecho y portador de la cédula de identidad N° E-870125666, domiciliado en urbanización San Francisco, calle 2, casa N° 27, sector El Corozo, municipio San Felipe, estado Yaracuy; en consecuencia, se DECRETA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído entre los ciudadanos PARRA RODRÍGUEZ ERIKA MAYERLIN y AGUILERA VIÑALES SANTO, ya identificados, en fecha doce (12) de noviembre de dos mil veintiuno (2021), por ante el Registro Civil del Municipio Indepe.....