DESISTIDO. Hoy, veinte (20) de junio de 2008, siendo las nueve y treinta minutos de la mañana (09:30 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, en la presente causa, se deja constancia que anunciado el acto por intermedio del Alguacil adscrito al Circuito Laboral a las puertas del Juzgado, la parte actora ciudadana: GLENDA YERIZZA CHACON SANCHEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 13.172.436, de este domicilio, no compareció a la audiencia ni por si ni por medio de cualesquiera de sus apoderados judiciales constituidos en autos y que hizo acto de presencia a la audiencia la abogada en ejercicio CELESTE RODRIGUEZ PINTO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 45.606, en su condición de apoderada de la demandada empresa HAIDAR & ROCHA C.A, .- En merito de lo expuesto de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo este Juzgado CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.-