En mérito de las consideraciones expuestas, este Juzgado Cuarto (4º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar Extensión Territorial Puerto Ordaz, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la medida de suspensión provisional de los efectos de la Providencia Administrativa Nº 2014-0269, contenida en el expediente Nro 051-2014-01-00316 de fecha 30 de Abril de 2014, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO "ALFREDO MANEIRO" DE PUERTO ORDAZ, ESTADO BOLÍVAR, mediante la cual ordeno el Reenganche y Restitución de la situación Jurídica Infringida, así como el Pago de los Salarios Caídos y Demás Beneficios Dejados de Percibir del Trabajador LUIS ANTONIO GARATE ALDECOA, venezolano, mayo de edad Titular de la cédula de Identidad Nº 4.351.679 quedando suspendidos los efectos del aludido acto administrativo a partir de la presente declaratoria, mient.....