Como consecuencia de todo lo anteriormente expuesto, es forzoso para esta Alzada, declarar PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandante; y PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE DIFERENCIA DE ACREENCIAS LABORALES DERIVADAS DE LA RELACION DE TRABAJO, que incoaran los actores, contra la UNIDAD EDUCATIVA GENERAL EZEQUIEL ZAMORA, C.A., ANULANDOSE la sentencia recurrida en los términos anteriormente señalado, y condenándose a la demandada a cancelar las sumas que por diferencias sobre el concepto del bono vacacional fue establecido en la parte motiva de este fallo, en los términos siguientes: