Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transitodel Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara que:
PRIMERO: Es COMPETENTE y ADMITE la pretensión de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos JOSE ORLANDO AGUILAR, PEDRO F. CALCAÑO AREVALO, YOALYS FREDERYK, DIMITRIO CATSAMATSOS SANDOVAL, de nacionalidad venezolana, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-8.937.732, 6.560.903, 9.282.605 y 8.871.091 respectivamente; y la ciudadana ESLY IDROGO, de nacionalidad, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad NºV-4.680.343 de este domicilio, actuando en nombre y representación de la ciudadana ANA ESTHER MEZA, de nacionalidad, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad NºV-1.982.345 y de este domicilio; debidamente asistidos por los .....