Revisada como ha sido la presente causa incoada por la ciudadana ANA MATILDE GONZALVEZ DE MARFISI, ya identificada, actuando en nombre propio y en nombre de su hermano: ULISES PELAYO GONZALVEZ GARCIA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V- 13.326.734, en la solicitud de DECLARACIÒN DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de ARTURO GONZALVEZ QUEVEDO, quien fuera venezolano, de 79 años de edad, comerciante, soltero, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 31.543.596, y fallecido el día 09 de septiembre de 2.015, a consecuencia de: INFARTO AGUDO AL MIOCARDIO, CARDIOPATIA ISQUEMICA, HIPERTENSION ARTERIAL, ATEROESCLEROSIS, según consta de Acta de Defunción acompañada a la presente solicitud, así como los demás recaudos presentados por la solicitante, debidamente asistida en este acto por la abogada en libre ejercicio YAMIRA DEL CARMEN SILVA MARTINEZ, también supra identificada, pasa el tribunal a observar lo siguiente:
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