En merito de lo anteriormente expuesto y con vista a las pruebas consignadas en autos ya valoradas, es por lo que este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, DECLARA: "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" sobre los derechos dejados por el de cujus, el ciudadano RAFAEL ANTONIO MARTES, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-4.779.003, fallecido en fecha 29/10/2023 a consecuencia de SHOCK NEUMOGENICO, HEMORRAGIA SUBARACNOIDEA FISHEAR IV, CRISIS HIPERTENSIVA TIPO EMERGENCIA E HIPERTENSION ARTERIAL ESTADO II, tal como se evidencia de Registro Civil Municipal del Municipio Caroní, Acta Nº2733 del libro Nº16 del año 2023; a los Ciudadanos RAFAEL JOSE MARTES QUIJADA, YANNIRELLA ISABEL MARTES QUIJADA Y NAHYLID GABRIELA MARTES QUIJADA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-16.613.221, V-16.162.633 y V-17.63.....