este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara "INADMISIBLE" la anterior demanda de COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMACION, interpuesta por el ciudadano TOMAS GRACIAN contra la ciudadana YENNY SAIRA ACOSTA TORRES. Así se decide.