Se dictó decisión en la presente causa acogiendo la calificación correspondiente al Delito de Violencia Física Agravada, acordándose medida de protección y Seguridad de las establecidas en los ordinales 3º,5º,6º del articulo 87 de la referida Ley especial. Se acordó Medida cautelar sustitutiva de la Privativa de Libertad de la establecida en el articulo 256 ordinal 3º consistente en presentaciones cada 30 días por ante la Comisaría Policial Gran sabana, Santa Elena de Uairen. Se acordó seguir la presente causa por el procedimiento especial.