DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción y en consecuencia de ello se establece al ciudadano: DOUGLAS DANIEL PÉREZ MARTÍNEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-17.065.734, mayor de edad, con domicilio en el Sector "El Socorro" de la Parroquia "Miguel Peña" del Municipio Valencia, estado Carabobo, la obligación de:
Primero: Cumplir con el pago de una obligación de manutención a favor de sus hijos los niños: (Identidad Omitida), de diez (10), nueve (9), ocho (8), cuatro (4) y tres (3) años de edad respectivamente y de este domicilio, por la cantidad de NOVENTA Y OCHO MIL BOLÍVARES (Bs. 98.000) mensual que deberá entregar el demandado dentro de los primeros cinco (5) días al vencimiento de cada mes, directament.....