Por todo lo expuesto este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar se declara incompetente para conocer de la demanda de COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMACION), incoada por la ciudadana KLAUS WELLE PLEHN, contra el ciudadano: ENIO HURTADO y en consecuencia declina la competencia en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de este mismo Circuito y Circunscripción Judicial que resulte competente por efectos de la distribución del sistema Juris 2.000.-