DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, efectuada por los ciudadanos RODRÍGUEZ NANCY MARINA y GRINI JUAN RAMÓN, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad N° 4.476.766 y 2.907.189 respectivamente, ambos de este domicilio, debidamente asistidos por el abogado GUDIÑO MARCHAN EDGAR JOSÉ, Inpreabogado Nº 171.154; en consecuencia, se DECRETA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que los unía y contraído entre ellos, en fecha 28 de diciembre de 1995, ante funcionarios adscritos a la Prefectura del Municipio Urbano la Independencia Municipio Autónomo San Felipe del Estado Yaracuy, hoy Registro Civil del Municipio Independencia del Estado Yaracuy, tal como se evidencia del acta de matrimonio civil, signada con el N° 178, que anexan a la solicitud, y corre inserta al folio 2 y su vuelto, del presente expediente.
SEGUNDO: Una vez quede firma la presente decisión, se ordena participar lo conducente al Registro Civil del Municipio Independencia y al Re.....