se declara incompetente por la cuantía para conocer del presente juicio y "DECLINA" la competencia en uno de los Tribunales de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario, de este mismo Circuito y Circunscripción Judicial. Así se decide.
Remítase el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD NO PENAL), a los fines de que sea distribuido entre los Juzgados antes mencionados. Líbrense los oficios respectivos.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión interlocutoria en este Juzgado.
El Juez,
Dr. Noel Aguirre Rojas
La Secretaria,
Enelides Arredondo
La anterior decisión interlocutoria fue publicada en su misma fecha, siendo las once y treinta de la mañana (11:30 a.m.).
La Secretaria.,
Enelide Arredondo
NAR/EA/enmys.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Civil de Ciudad Bolívar
Juzgado Tercero del Municipio Heres d.....