Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, actuando en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decreta: PRIMERO: LA INTERDICCIÓN PROVISIONAL del ciudadano LUIS EDUARDO MARTINEZ venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 2.740.863 y domiciliado en Ciudad Guayana, Municipio Caroní del estado Bolívar. SEGUNDO: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 398, 399 y 400 del Código de Procedimiento Civil se designa como tutor interino a su cónyuge la ciudadana LUISA DEL CARMEN GONZALEZ DE MARTINEZ venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 2.744.737, de este domicilio quien tendrá funciones relativas al cuidado del ciudadano LUIS EDUARDO MARTINEZ y podrá realizar los actos de administración y de conservación indispensables, quien deberá rendir cuenta a este Tribunal mensualmente sobre .....