IV
DECISIÓN
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Primero (1º) del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PERIMIDA LA INSTANCIA en el presente juicio por RECURSO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO interpuesto por la sociedad mercantil CVG BAUXILUM, C. A. en la persona de su apoderada judicial ciudadana MARIELA CABRERA, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 69.477; contra la CERTIFICACIÓN Nº 0057-12 DE FECHA 27/02/2012, EMITIDA POR LA DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE BOLÍVAR Y AMAZONAS, DEL INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES, con motivo a la discapacidad total permanente para el trabajo habitual del trabajador, ciudadana AURELIA JOSEFINA ALONZO GONZALEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.905.163. Y ASÍ SE DECIDE.
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