PRIMERO: CON LUGAR, la Apelación ejercida por la parte demandante recurrente, contra la decisión dictada en fecha veinticinco (25) de junio del año dos mil quince (2015), por el Juzgado Segundo (2º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz.
SEGUNDO: En consecuencia de ello, se MODIFICA, la decisión recurrida por las razones las razones y fundamentos expuestos ampliamente en el presente fallo.
TERCERO: CON LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, incoada por el ciudadano ARGENIS JOSE SUPERLANO PEREZ, contra la empresa MGH PROTECCION INTEGRAL, C.A.