mediante el cual se declaró CON LUGAR la inhibición planteada por la Abg. Lulya Abreu, en su condición de secretaria titular de este despacho, invocando la causal 18 ° del articulo 82 del Código de Procedimiento Civil., contenivo del juicio que sigue Reymar Nazaret guzman Hernandez contra Carlos Alexandro Arreaza Tomedes por Titulo Supletorio, en la causa signada con el Nro FP02-R-2018-0000145.-