Por todas las razones antes expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la oposición ejercida por la ciudadana YAJAIRA SEIJAS, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 15.155, en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil INVERSIONES UOMO SHOP ORINOKIA, C.A., identificada en autos y parte demandada, en el juicio que por desalojo de local comercial le tiene incoado la Sociedad Mercantil CENTRAL SANTO TOME I, C.A., identificada suficientemente en autos y parte accionante. En consecuencia de ello, se CONFIRMA LA MEDIDA DE SECUESTRO decretada en fecha 06/12/2019 sobre el local comercial constituido por un (01) local comercial distinguido con la nomenclatura PB-G-107 ubicado en la planta baja del Centro Comerci.....