Se dicto sentencia interlocutoria mediante la cual se ordenó primero: intimar a la parte demandada ciudadano Juan José Sambrano Grillet a objeto de que exhiba y pongan a disposición del Tribunal los libros, documentos, comprobantes, depósitos y todo lo que lleve implícito la rendición de cuentas ordenada mediante sentencia definitiva en la presente causa segundo: y una vez conste en autos dicha consignación se procederá al segundo día de despacho siguiente a nombrar expertos con la finalidad de ordenar las cuentas contenidas en los instrumentos objeto de exhibición para que se pueda determinar si existe activo alguno a favor o no de la parte actora, tercero: en el supuesto dado que el obligado a rendir las cuentas no diere cumplimiento con la exhibición aquí ordenada se procederá conforme a lo establecido en el articulo 529 del Código de Procedimiento Civil.-