"...PRIMERO: SIN LUGAR la recusación interpuesta por la ciudadana BRÍGIDA BENITA BLASCO MONTESINO, venezolana, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad personal No V-4.965.748, domiciliada en el sector Sebastopol, calle Los Rosos, La Blasquera, Guama, Municipio Sucre del estado Yaracuy, debidamente asistida para este acto por ZAFIRO NAVAS, venezolana, mayor de edad, abogada, titular de la cédula de identidad personal No. V-7.513.976, inscrita en el IPSA bajo el No. 24.555, en contra de la ciudadana abogada DANIMAR CHIQUINQUIRA MOLEROS ANDRADE, en su condición de Jueza Provisorio del Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy.
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 98 ejusdem, se impone una multa ala recusante por la cantidad de dos bolívares (Bs. 2,00), los cuales deben ser pagados en el término de tres (3) días de despacho siguientes a la notificación que al efecto se haga, por ante el Fisco o Tesorería Nacional, debiendo ser con.....