DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, efectuada por la ciudadana RAMÍREZ DE SÁNCHEZ LUZ KELYNA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° V- 14.106.072, con domicilio procesal ubicado en el sector Las Tinajas, calle 10, con avenida 2, casa N° 422, parroquia Albarico, municipio San Felipe, estado Yaracuy, asistida por el abogado DIAZ LÓPEZ LENING STIVE, inscrito en el Inpreabogado con el N° 154.811, contra el ciudadano SÁNCHEZ RÍOS JUAN NEPTALY, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° V- 18.757.658, domiciliado en el sector Las Tinajas, calle 10, con avenida 2, casa N° 405, parroquia Albarico, municipio San Felipe, estado Yaracuy; en consecuencia, se DECRETA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído entre los ciudadanos RAMÍREZ DE SÁNCHEZ LUZ KELYNA y SÁNCHEZ RÍOS JUAN NEPTALY, en fecha veintidós (22) de septiembre de dos mil once (2011), ante el Registro Civil de.....