Ejecútese la sentencia definitivamente firme dictada por el Juzgado de Control N° 1 de este Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, en fecha 27 de Octubre del 2005, mediante el cual condenó al ciudadano: ROBERT DANIEL GAVIDIA CASTILLO venezolano, titular de la cedula de identidad N° 16.823.698, y con domicilio en Aroa, frente a la plaza Bolívar, por la calle que va hacia el cementerio, Municipio Bolívar, Estado Yaracuy, por la comisión del delito de Distribución de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el articulo 31 de la nueva Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; a cumplir la pena de Cuatro (4) Años de Prisión.
En vista de lo anterior, este Tribunal de Ejecución N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 482 Código Orgánico Procesal Penal, procede a practicar cómputo de la pena:
Consta en autos que el penado fue detenido en fe.....