En mérito de todas las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECIDE:
PRIMERO: FALTA DE CUALIDAD PASIVA de la ciudadana ANA TERESA MIGUEL DE KURE, para sostener el presente juicios, en virtud de existir un litisconsorcio pasivo obligatorio con el de cujum ALVARO KURE HENAO quien no fue demandado en este juicio.-
SEGUNDO: IMPROCEDENTE la CONFESION FICTA de la demandada, ANA TERESA MIGUEL DE KURE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-12.128.881, y de este domicilio.
TERCERO: SE DECLARA INADMISIBLE la demanda de EXTINCION DE HIPOTECA incoada por los ciudadanos DIEGO PRADA GOMEZ Y HUGO FORERO, contra la ciudadana ANA TERESA MIGUEL DE KURE, plenamente identificados en el Capítulo I del presente fallo, por la falta de cualidad de la.....