Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y del Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, considerando lo precedentemente expuesto y administrando justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la ley, DECRETA de conformidad con lo establecido en el artículo 588.2 ejusdem la siguiente medida preventiva de SECUESTRO sobre el bien mueble con las siguientes características Un vehículo MARCA CHEVROLET, MODELO LUV/4X2T/A C/DOBLE, CLASE CAMIONETA, SERIAL DE CARROCERÍA 8LBETF170001596, SERIAL DE MOTOR 6VE1-2623763, SERIAL DE CHASIS 8LBETF1N70001596, TIPO PICK UP/D CABINA, AÑO 2007, COLOR BLANCO, USO DE CARGA.- para lo cual se ordena comisionar suficientemente al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito Judicial del Estado Bolívar.-