Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario y de Tránsito, del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara 1) CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el ciudadano WILFREDO JOSÉ RUIZ SANTODOMINGO. 2) CON LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoada por WILFREDO JOSÉ RUIZ SANTODOMINGO contra BETTY DEL CARMEN BARCELÓ REYES VIUDA DE NATERA, FREDDY JOSÉ BARCELÓ REYES, EMILIO TOMAS BARCELÓ REYES, JANITZA MARIA BARCELÓ REYES Y DINORAH JOSEFINA BARCELÓ REYES, ambas partes ampliamente identificados ut supra; 3) REVOCA la sentencia apelada; 4) Se fija un plazo de 30 días calendarios, para que se produzca el otorgamiento del documento de venta directamente ante el Registrador de la oficina Subalterna de Registro competente, lapso que se computará una vez que conste en autos, el pago por parte del demandante d.....