DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA: PRIMERO: DICTA SENTENCIA ABSOLUTORIA, a favor del ciudadano ELIEZER RAMÓN APONTE MARTÍNEZ, por la presunta comisión del delito de TENTATIVA DE ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el Artículo 7 de La Ley Sobre Robo Y Hurto De Vehículo Automotor. SEGUNDO: Exonera de al pago de costas procesales al Ministerio Publico conforme a los artículos 26 y 254 de la Constitución Bolivariana de Venezuela y 272 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Como el Ciudadano, ELIEZER RAMÓN APONTE MARTÍNEZ, se encuentra sometido a una Medida Privativa Judicial de la Libertad, se acuerda el cese de la medida a partir de la presente fecha, decretando su liberta.....