Por todos los motivos antes expuestos este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR, la demanda de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL interpuesta por la Ciudadana MARGARITA RIVERO MENESES, contra, el Ciudadano GERARDO ESTREMADOYRO GAMARRA, plenamente identificados en el Capitulo I de este fallo, y como consecuencia de ello se ordena a la parte demandada Ciudadano GERARDO ESTREMADOYRO GAMARRA, de nacionalidad peruana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. E-82.040.463, HACER ENTREGA INMEDIATA a la Ciudadana MARGARITA RIVERO MENESES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-3.504.226, el inmueble constituido por Un (01) local comercial, que mide Cincuenta Metros Cuadrados (50,00Mts2), ubicado en la p.....