En este estado el Tribunal Ejecutor de Medidas, visto el convenimiento acordado entre las partes Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, así lo declara, asimismo acuerda poner en mano al ciudadano Artur Guedes Da Silva ya identificado, los bienes embargados y especificados anteriormente; asimismo acuerda la vigilancia y la supervisión de dichos bienes recaiga en la Depositaria Provisional nombrada en este acto, quien a su vez declara recibir del Tribunal los bienes embargados y a su vez acuerda devolver la presente Comisión cumplida al Tribunal Comitente. Practicada como ha sido la presente Comisión y no teniendo otra diligencia que realizar este Tribunal acuerda regresar a su sede natural. Es todo, término, se leyó y conformes firman.-