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Decisiones del dia 21/06/2006

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Primero de Ejecución
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : UP01-P-2003-000435 N° Sentencia : PJ03320060000065 Fecha: 21/06/2006
Procedimiento:
Recurso De Revision
Partes:
FISCAL UNDÉCIMO DEL MINISTERIO PÚBLICO, AL DEFENSOR PÚBLICO TERCERA,PENADO: PEDRO RAFAEL LOZADA BAUDIN
Resumen:
En consecuencia este tribunal en base al deber constitucional que nos rige de garantizar las condiciones jurídicas y administrativas para que la igualdad ante la ley sea real y efectiva, considera procedente ejercer el recurso de revisión contemplado en el artículo 470 del Código Orgánico Procesal Penal en su ordinal 6°, que establece que la misma procederá en contra de la sentencia firme "cuando se promulgue una ley penal que quite al hecho el carácter de punible o disminuya la pena establecida", y de igual modo el articulo 471 ordinal 6º del mismo texto legal, legitima al Juez de Ejecución para la interposición del recurso antes mencionado, siendo el competente para conocer el recurso de revisión de la sentencia firme, la Corte de Apelaciones, de conformidad con lo establecido en el articulo 473 en su único a parte del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que este Tribunal interpone el recurso de REVISION, en contra de la sentencia definitivamente firme dictada por Tribunal de Co.....
Juez/Ponente:
Gloria Torrellas Alterio
Organo:
Tribunal Primero de Ejecución
arriba

N° Expediente : UL01-P-1999-000353 N° Sentencia : PJ03320060000063 Fecha: 21/06/2006
Procedimiento:
Recurso De Revision
Partes:
FISCAL UNDECIMO Y DEFENSOR PRIVADO ABG. CÉSAR REYES.PENADO: JOSE GREGORIO AGUIAR GARCÍA
Resumen:
En consecuencia este tribunal en base al deber constitucional que nos rige de garantizar las condiciones jurídicas y administrativas para que la igualdad ante la ley sea real y efectiva, considera procedente ejercer el recurso de revisión contemplado en el artículo 470 del Código Orgánico Procesal Penal en su ordinal 6°, que establece que la misma procederá en contra de la sentencia firme "cuando se promulgue una ley penal que quite al hecho el carácter de punible o disminuya la pena establecida", y de igual modo el articulo 471 ordinal 6º del mismo texto legal, legitima al Juez de Ejecución para la interposición del recurso antes mencionado, siendo el competente para conocer el recurso de revisión de la sentencia firme, la Corte de Apelaciones, de conformidad con lo establecido en el articulo 473 en su único a parte del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que este Tribunal interpone el recurso de REVISION, en contra de la sentencia definitivamente firme dictada por el extinto Juz.....
Juez/Ponente:
Gloria Torrellas Alterio
Organo:
Tribunal Primero de Ejecución
arriba

N° Expediente : UP01-P-2003-000321 N° Sentencia : PJ03320060000064 Fecha: 21/06/2006
Procedimiento:
Recurso De Revision
Partes:
FISCAL DÉCIMO PRIMERO DEL MINISTERIO PÚBLICO, A LA DEFENSORA PÚBLICA QUINTA, PENADO: EDGAR ALFREDO COLMENAREZ VERASTEGUI
Resumen:
En consecuencia este tribunal en base al deber constitucional que nos rige de garantizar las condiciones jurídicas y administrativas para que la igualdad ante la ley sea real y efectiva, considera procedente ejercer el recurso de revisión contemplado en el artículo 470 del Código Orgánico Procesal Penal en su ordinal 6°, que establece que la misma procederá en contra de la sentencia firme "cuando se promulgue una ley penal que quite al hecho el carácter de punible o disminuya la pena establecida", y de igual modo el articulo 471 ordinal 6º del mismo texto legal, legitima al Juez de Ejecución para la interposición del recurso antes mencionado, siendo el competente para conocer el recurso de revisión de la sentencia firme, la Corte de Apelaciones, de conformidad con lo establecido en el articulo 473 en su único a parte del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que este Tribunal interpone el recurso de REVISION, en contra de la sentencia definitivamente firme dictada por el tr.....
Juez/Ponente:
Gloria Torrellas Alterio
Organo:
Tribunal Primero de Ejecución
arriba

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