Se dictó sentencia declarándose CON LUGAR LA DEMANDA POR EJECUCIÓN DE FIANZA incoada por el ESTADO BOLÍVAR contra la sociedad mercantil PROSEGUROS S.A., en consecuencia: 1) Se CONDENA a la demandada a pagar la cantidad de ciento ochenta y seis mil trescientos setenta y nueve bolívares con cincuenta y seis céntimos (Bs. 186.379,56) al ESTADO BOLIVAR por concepto de reintegro de la cantidad entregada como anticipo y ejecución de la fianza de fiel cumplimiento. 2) Se CONDENA a la sociedad mercantil PROSEGUROS S.A. al pago de las costas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, aplicable conforme a lo dispuesto en el primer aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en razón de haber resultado totalmente vencida en el proceso.