DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor del ciudadano ESPINAL OCHOA ANGEL ALBERTO, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° V-15.388.831, asistido del abogado CORTEZ CESAR J., inscrito con el Inpreabogado con el N° 138.795, sobre las bienhechurías, construidas sobre un área de terreno propiedad municipal, que mide quinientos ochenta y seis metros cuadrados con treinta y siete centímetros cuadrados (586,37 M2); con un área de construcción que mide quinientos sesenta y tres metros cuadrados con veintisiete centímetros cuadrados (563,27 M2), ubicado en Piedra Grande, calle Principal, entre callejón Corocito y callejón Corocito, municipio Independencia, estado Yaracuy, consistentes de un inmueble (galpón), con las siguientes características: estructura metálica, y de concreto, fundaciones, vigas de corona, columnas de hierro estructural, y de concreto, techo de acerolit, con c.....