En tal sentido este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medias de los Municipios Piar y Padre Pedro Chien del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Homologa el Convenimiento presentado en el presente Juicio, incoado por el Ciudadano: Carlos Miguel González Ruiz, de nacionalidad venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.069.908, y de este domicilio; por Reconocimiento de Instrumento Privado, contra las Ciudadanas: Yecenia Coromoto Rivas de Blanca y Neoenis Del Carmen Ruiz de Revetty, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº. V-8.540.438, y V-8.919.275, respectivamente, ambas de este domicilio, de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, en tal sentido se declara consumado el.....