En mérito de las consideraciones anteriores, este Tribunal Superior Civil, Mercantil, de Tránsito, de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR LA APELACION DE FECHA 08/06/09 FORMULADA POR EL CIUDADANO LUIS ANTONIO CEDEÑO HERRERA, asistido por la abogada NELVIS LONGART GIL, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.108.232, en contra del auto de fecha 04 de junio de 2009, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, relacionado con el juicio de Divorcio incoado por el prenombrado ciudadano LUIS ANTONIO CEDEÑO HERRERA en contra de la ciudadana ANGELA DEL CARMEN DI CIOCCIO. En consecuencia, se CONFIRMA EL AUTO DE FECHA 04 DE JUNIO DE 2009, dictado por el mencionado tribunal en el citado juic.....