En el día de hoy, se dicto Sentencia Interlocutoria en virtud de la cual este Tribunal declara TERMINADO EL PRESENTE PROCESO, dado que se dio cumplimiento voluntario a la sentencia proferida por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de esta Circunscripcion Judicial en fecha 26 de septiembre de 2.007, y como consecuencia de ello, se ORDENA EL CIERRE Y ARCHIVO del presente expediente.-