este Tribunal Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Ciudad Bolívar, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Declara terminado el procedimiento por abandono del trámite en el presente Recurso, y como consecuencia de la declaratoria que antecede SE CONFIRMA la decisión apelada dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar en fecha 17/10/2011 mediante la cual declaró con lugar la acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano Ramón Sebastian Marin, contra la negativa del Municipio Heres del Estado Bolívar, de acatar la Providencia Administrativa Nro. 2009-00138 de fecha 25/08/2009, que declaro con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dadas las características del fallo.