este Tribunal Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Ciudad Bolívar, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: sin lugar el recurso de apelación interpuesto por los apoderados judiciales de la ciudadana Merlys Heredia, contra la decisión de fecha 02 de junio del 2014, proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en la causa principal distinguida con la nomenclatura FP02-N-2012-000068, por los motivos explanados en la parte motiva del presente fallo. SEGUNDO: vista la declaratoria que antecede, se ordena la continuación del presente asunto en la fase que corresponda. Sin que sea necesario notificar a las partes, por cuanto las mismas se encuentran a derecho.