DISPOSITIVA
En virtud de lo arriba expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud interpuesta por la Defensa Privada, en consecuencia acuerda REVISAR la medida Cautelar Sustitutiva de libertad acordada por este Juzgado al ciudadano JOSE LUIS MEDERICO BAENA, titular de la Cedula de Identidad Nº V-8.957.192, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 242.3, 4 y 246 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el articulo 46 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Publíquese, librese los respectivos oficios y diarícese.