DECLARA:
a los ciudadanos: CARMEN MARGOT LÓPEZ DE DÍAZ, JHONAIDY MARGOT DÍAZ LÓPEZ Y JOSÉ LISANDRO DÍAZ LÓPEZ, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en Guama, Municipio Sucre del Estado Yaracuy, titulares de las Cédulas de Identidad Nros.V-2.985.443, V-15.108.891 y V-13.984.955, respectivamente, asistidos en este acto por el abogado ÁNGEL ALEJANDRO MUJICA ROMERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 230.010, en su condición de cónyuge e hijos del de cujus, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano: PRIMITIVO DÍAZ LÓPEZ, SIN PERJUICIO DE TERCEROS DE IGUALES O MEJORES DERECHOS. Regístrese y Publíquese y déjese copia certificada, a los efectos indicados en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, y una vez cumplido este requisito. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada una vez que sean proveídos por ésta las copias fotostáticas relativas a la misma.