n el día de hoy, se dictó decisión interlocutoria mediante la cual se declara improcedente la solicitud de reposicion en la presente causa, solicitada por la representación de la parte demandada mediante escrito de fecha 19/06/2015, en consecuencia y a los fines de garantizar el derecho a la defensa de la parte demandada y por cuanto ésta se encuentra a derecho en autos, se establece que la primera reunión de la audiencia preliminar tendrá lugar a las nueve y treinta horas de la mañana (09:30 a.m.) del décimo (10°) día hábil de despacho, lapso que comenzará a computarse a partir del día siguiente a la diligencia, esto es, desde el 19/06/2015 exclusive. Y ASÍ, EXPRESAMENTE SE DECIDE.