este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: CON LUGAR la acción de DESALOJO POR ESTADO DE NECESIDAD Y POR REPARACIONES MAYORES SOBRE INMUEBLE DESTINADO PARA USO COMERCIAL, interpuesta por la ciudadana: SOLIMAR LEONOR MENDOZA GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.516.980; contra el ciudadano: HENRRIQUE JOSE MOGOLLON MOURET, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-7.578.946. SEGUNDO: SIN LUGAR la falta de capacidad procesal, alegada por el demandado. TERCERO SIN LUGAR la cosa juzgada, alegada por el demandado. El Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 877 del Código de Procedimiento Civil, se reserva el lapso legal de diez (10) días de despacho siguientes al de hoy para dictar su decisión escrita, y as.....