DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO (2º) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, SEDE CIUDAD BOLÍVAR, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CONSUMADA DE PLENO DERECHO LA PERENCIÓN Y EN CONSECUENCIA EXTINGUIDA LA INSTANCIA.
SEGUNDO: Se mantiene todos los efectos legales de la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 2009-00062 dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE CIUDAD BOLÍVAR, en fecha 06 de Mayo de 2009, en consecuencia se ratifica la declaratoria de Reenganche y Pago de Salarios Caídos a favor de la ciudadana CARMEN VIRGILINA BARBOZA SILVA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº: 10.041.187, tal como lo dispone el Acto Administrativo bajo estudio en este fallo.
TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 111 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la Repúblic.....