Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones Accidental del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: SIN LUGAR todos y cada uno de los recursos de apelación de sentencia definitiva interpuestos por los Abogados Rafael Huncal Martínez y David Carbonell en su condición de defensa del acusado BENJAMIN LEON CASTAÑEDA SIFONTES; Abogados Simón Andarcia Febres y Mauro Gamboa Méndez, en su condición de defensa del acusado YOEL RAMON VAQUERO PEREZ, y el Abogado Carlos Luis Zambrano Fernández, en su condición de defensor de los acusados LUIS LEONARDO PEREZ, OSWALDO JOSE SUBERO, JHONATAN GONZALEZ APARICIO, y ALBERTO RAFAEL BONALDE, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Juicio Itinerante Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, con sede en Ciudad Bolívar, en consecuencia, se NIEGAN los petitorios relacion.....