este Tribunal Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, de Ciudad Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: HOMOLOGA el DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE APELACIÓN, en consecuencia se procede como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Segundo: Como consecuencia de la declaratoria que antecede SE CONFIRMA la decisión apelada, en virtud de la homologación del desistimiento del recurso de apelación. Tercero: Se condena en costas a la parte demandada recurrente de conformidad con el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Remítase el presente expediente al Tribunal de Origen, previo cumplimiento de las formalidades de Ley.