Por las razones tanto de hecho como de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandada contra la sentencia de fecha 01 de abril de 2014, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.- ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo recurrido en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia se declara CON LUGAR la demanda por cobro de conceptos derivados de la relación de trabajo, incoada por los ciudadanos GERARDO SIERRA BRACAMONTE y REINAR JAIR MONTALBAN, contra la SECRETARIA DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTE DEL ESTADO YARACUY y, solidariamente, contra la GOBERNACION DEL ESTADO YARACUY. ASI SE DECIDE.
TERCERO: D.....