´CAPITULO VI
DISPOSITIVO:
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y de Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por acción mero declarativa de la existencia de la unión concubinaria incoada por la ciudadana Emperatriz Páez Guette, de nacionalidad Colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. E-82.260.972 domiciliada en la Ciudad de Upata, Municipio Autónomo Piar del Estado Bolívar en contra los herederos desconocidos del causante Tomas Teodoro De Jesús Andrade, que se inició el 14/02/1997 hasta el 29/07/2017.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada por haber resultado totalmente perdidosa
TERCERO: Se ordena la notificación de las partes intervinientes en el presente juicio.
Publíquese, regístrese, déjese copia certif.....