Se LE IMPARTE HOMOLOGACIÓN a la transacción efectuada entre las partes del presente expediente, contentiva del juicio que por Cobro de Bolívares, incoado a través del procedimiento por intimación por el ciudadano LUIS TOUSSAINT contra RAQUEL IRASEMA MUÑOZ, declarándose la conclusión de la presente causa adquiriendo dicha transacción el carácter de cosa juzgada; todo ello conforme a lo previsto en los Artículos 255, 256 y 525 del Código de Procedimiento Civil, Así se declara.