En fecha 22/10/2009, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO BOLIVAR EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en atención al contenido de los artículos 2, 19, 26, 49, 257 y 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en el artículo 3 Parágrafo Único y 10 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo previsto en el artículo 11 de su Reglamento vigente, 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y en los artículos 12, 242, 243, del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la defensa de fondo de COSA JUZGADA, opuesta por la demandada C.V.G. VENALUM, C.A., considerando válida en toda forma las transacciones celebradas, con el ciudadano IDALMI JOSE MARIN CEDEÑO, amabas partes plenamente identificadas en autos. Así se decide.-