PRIMERO: LAS PARTES, han arribado en forma libre, espontánea y de mutuo acuerdo a la siguiente fórmula transaccional, para finalizar en forma definitiva toda diferencia entre las partes en los términos que siguen: a) Con el propósito de poner fin por vía transaccional en forma definitiva a las diferencias existentes sobre los conceptos solicitados y los que se incluyen en cuadro analítico, haciéndose reciprocas concesiones, y sin que implique aceptación o consentimiento por parte de LA DEMANDADA de la procedencia de los conceptos reclamados y rechazados expresamente, convenimos como cantidad transaccional única y definitiva, la suma de OCHENTA MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 80.000,00), lo cual lo hará en un único pago.
Las referidas cantidades están comprendidos en el reclamo del DEMANDANTE con el pago de los conceptos discriminados a continuación: Indemnización por daño moral, indemnización por incapacidad parcial permanente, en este mismo acto hace entrega de dicha cantidad por OCH.....