DISPOSITIVA
En virtud, de lo razones antes expresadas y conforme a las normas contenidas en el Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal Mixto de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy de manera UNANIME "ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY" DECLARA CULPABLE al ciudadano JILMER MANUEL VEGAS DÍAZ, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-14.230.280, natural de Caracas, nacido el 13/02/1977, estudiante, domiciliado en la Urbanización "Paraparal", Edificio los Mangos, piso 8, N° 8-C, Valencia Estado Carabobo, por el delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el articulo 457, en concordancia con el articulo 37, primera parte del Código Penal, en perjuicio de MARIA MARLENE BETANCOURT y RAFAEL RAMÓN ATACHO ATACHO, en consecuencia este tribunal lo CONDENA a cumplir la pena de SEIS AÑOS (06) AÑOS, pena que cumplirá en el estable.....