Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Guayana con Competencia en las Circunscripciones Judiciales de los Estados Amazonas, Bolívar y Delta Amacuro, en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el presente recurso contencioso tributario interpuesto subsidiariamente al recurso jerárquico, por el ciudadano José Enrique Pino Matas, actuando en su carácter de Presidente de la sociedad mercantil MINERA GRAN CHERRY, C.A., asistida por el ciudadano Ivor Osorio, Contador Público e inscrito en el Colegio de Contadores Públicos bajo el N° 5594, contra los actos administrativos contenidos en la resolución y planilla de liquidación Nº 081001225000563, de fecha 27 de agosto de 2.003, emitida por la División de Fiscalización de la Gerencia Regional de Tributos Internos Región Guayana del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).